sábado, 11 de marzo de 2017

Sobre aforados y delitos

Desde mi punto de vista, el debate sobre si los cargos públicos deben o no estar aforados (es decir que solo los pueda juzgar un tribunal superior autonómico o el tribunal supremo) no es lo importante.

Pensemos un momento en el delito de sedición o de corrupción. Si, por ejemplo, Artur Más fuera acusado de sedición, ¿quién preferimos que lo juzgue? ¿El tribunal superior de justicia de Cataluña o el pequeño tribunal de barrio o ciudad que-le-toque sabiendo que la Generalitat tiene algunas competencias en justicia? Pues que queréis que os diga. En este caso, me encanta que el sr. Presidente esté aforado y tenga que hacerlo un tribunal superior. Y si fuera posible, mejor el tribunal supremo que uno más local.

Mi tesis, por tanto, es que el debate no es si los cargos públicos tienen o no que estar aforados. Desde mi punto de vista lo que debería de estar "aforado" deberían ser los delitos y no las personas.

Si es una multa de tráfico, me da igual quien lo juzgue, si es un secuestro o asesinato, ... pues bueno, un tribunal penal digamos...provincial. Si el delito es de mafias o terrorismo...la audiencia nacional y si son delitos contra el estado (como la sedición), pues el tribunal supremo.