jueves, 15 de septiembre de 2011

El artículo 31 bis del código penal

En el código penal (donde tantas cosas habría que reformar), el artículo 33, apartado 1 dice literalmente lo siguiente:
El que actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en nombre o representación legal o voluntaria de otro, responderá personalmente, aunque no concurran en él las condiciones, cualidades o relaciones que la correspondiente figura de delito o falta requiera para poder ser sujeto activo del mismo, si tales circunstancias se dan en la entidad o persona en cuyo nombre o representación obre.
Que según entiendo yo quiere decir que si una empresa comete un delito o falta,el que responde es el administrador de hecho o de derecho de dicha empresa. 

Con este artículo en la mano y la "mejorable" gestión de muchos políticos al frente de muchas instituciones (estado, ccaa, diputaciones, cabildos, mancomunidades, ayuntamientos, sindicatos, organizaciones empresariales, etc..) lo que pide el cuerpo es aplicarlo. Algo así es lo que están haciendo en Islandia y lo que deberían hacer en Grecia.

No se si será por eso, pero el 22 de junio de 2010 (ley orgánica 5/2010) se añadió un nuevo artículo, el 33 bis, que en su apartado 5 expone lo siguiente:
Las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas no serán aplicables al Estado, a las Administraciones Públicas territoriales e institucionales, a los Organismos Reguladores, las Agencias y Entidades Públicas Empresariales, a los partidos políticos y sindicatos, a las organizaciones internacionales de derecho público, ni a aquellas otras que ejerzan potestades públicas de soberanía, administrativas o cuando se trate de Sociedades mercantiles Estatales que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés económico general.
Como dice nuestro sabio refranero: "A buen entendedor, con pocas palabras basta". O también me vale ese de "ponerse la tirita antes de tener la herida".

lunes, 12 de septiembre de 2011

¿Están los impuestos en el IPC?


Es una pregunta que siempre me he hecho y que me gustaría que si algún lector (de entre los muchos millones que tengo) de mi blog conoce la contestara como comentario.

¿Por qué lo digo? Pues porque me acaba de llegar un recibo del impuesto de bienes inmuebles con una "subidita" del 8,78%. Y sabiendo que estas subidas están siendo generalizadas por parte de todos los ayuntamientos y conociendo a "la peña", me da la impresión de que impuestos como este no están en el IPC para evitar que estas subidas afecten a tan querido índice.

Como dice la famosa frase: «Hay tres tipos de mentiras: mentiras pequeñas, mentiras grandes y estadísticas»

Procede recordar que este impuesto lo debe pagar tanto el matrimonio con dos buenos sueldos como la familia que tiene a todos sus miembros en paro y que tampoco el precio de la vivienda (o al menos los recibos de las hipotecas) están en el IPC.

martes, 6 de septiembre de 2011

El atraco de ayer

No, no me refiero a la caída de las bolsas. Me refiero a que ayer procedí a la compra de libros de texto para mis dos hijos: Casi 300 euros por barba a falta del material escolar. Se me ponen los pelos de punta con solo pensar en lo que 300€ por niño (con suerte) suponen para una gran parte de las familias españolas en estos momentos. También se me ponen los pelos de punta en multiplicar 300€ por todos y cada uno de los niños españoles, ya que entonces me doy cuenta de lo que ingresan las editoriales por estas fechas.

Estoy seguro que el sistema de libros de texto que tenemos en España es MUY mejorable y abaratable y algunos intentos se han realizado en algunos ayuntamientos. Y no se trata de regalar los libros (aunque también) sino de racionalizar el sistema.

No termino de entender porqué un libro de, por ejemplo, matemáticas o lengua tiene que cambiar con cierta frecuencia. ¿Un triángulo equilátero deja de tener todos sus lados iguales con el paso de los años?. ¿Quevedo escribe nuevos versos?. No, claramente no.

También es curioso ver como siempre hay problemas con el suministro de libros. ¿A quién no le falta alguno o compra el que no es y luego tiene que cambiarlo?. ¿Como es posible? Todos los libros están identificados con el código único ISBN, la demanda se conoce de antemano, hay tiempo de sobra para imprimirlos...¿Dónde está el problema?

Se que esta queja la podré escribir exactamente igual el año que viene por estas fechas, pero en fin, hay que hacerlo.